Cláusula 1
Objetivo y alcance
(a) El objetivo de estas cláusulas contractuales tipo es garantizar el cumplimiento de los requisitos del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos) (1) para la transferencia de datos personales a un tercer país.
(b) Las Partes:
(c) Estas Cláusulas se aplican con respecto a la transferencia de datos personales tal y como se especifica en el Anexo I.B.
(d) El Apéndice de estas Cláusulas que contiene los Anexos a los que se hace referencia en el mismo forma parte integrante de estas Cláusulas. Cláusula 2
Cláusula 2
Efecto e invariabilidad de las cláusulas
(a) Las presentes Cláusulas establecen las garantías adecuadas, incluidos los derechos exigibles de los interesados y los recursos legales efectivos, de conformidad con el artículo 46, apartado 1, y el artículo 46, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) 2016/679 y, con respecto a las transferencias de datos de responsables a encargados y/o encargados a encargados, las cláusulas contractuales tipo de conformidad con el artículo 28, apartado 7, del Reglamento (UE) 2016/679, siempre que no se modifiquen, salvo para seleccionar el Módulo o Módulos adecuados o para añadir o actualizar información en el Apéndice. Esto no impide a las Partes incluir las cláusulas contractuales tipo establecidas en las presentes Cláusulas en un contrato más amplio y/o añadir otras cláusulas o garantías adicionales, siempre que no contradigan, directa o indirectamente, las presentes Cláusulas ni perjudiquen los derechos o libertades fundamentales de los interesados.
(b) Las presentes Cláusulas se entienden sin perjuicio de las obligaciones a las que esté sujeto el exportador de datos en virtud del Reglamento (UE) 2016/679.
Cláusula 3
Terceros beneficiarios
(a) Los interesados podrán invocar y hacer valer las presentes Cláusulas, como terceros beneficiarios, frente al exportador y/o importador de datos, con las siguientes excepciones:
(b) El apartado a) se entiende sin perjuicio de los derechos de los interesados en virtud del Reglamento (UE) 2016/679.
Cláusula 4
Interpretación
(a) Cuando en estas Cláusulas se utilicen términos definidos en el Reglamento (UE) 2016/679, dichos términos tendrán el mismo significado que en dicho Reglamento.
(b) Estas Cláusulas se leerán e interpretarán a la luz de las disposiciones del Reglamento (UE) 2016/679.
(d) Estas Cláusulas no se interpretarán de forma que entren en conflicto con los derechos y obligaciones previstos en el Reglamento (UE) 2016/679.
Cláusula 5
Jerarquía
En caso de contradicción entre estas Cláusulas y las disposiciones de los acuerdos relacionados entre las Partes, existentes en el momento de acordar estas Cláusulas o celebrados con posterioridad, prevalecerán estas Cláusulas.
Cláusula 6
Descripción de la(s) transferencia(s)
Los detalles de la(s) transferencia(s), y en particular las categorías de datos personales que se transfieren y los fines para los que se transfieren, se especifican en el Anexo I.B.
Cláusula 7 – Opcional
Cláusula de atraque
Cláusula opcional no aplicable.
Cláusula 8
Garantías de protección de datos
El exportador de datos garantiza que ha realizado esfuerzos razonables para determinar que el importador de datos es capaz, mediante la aplicación de medidas técnicas y organizativas adecuadas, de satisfacer sus obligaciones en virtud de las presentes Cláusulas.
MÓDULO DOS: Transferencia del controlador al procesador
8.1 Instrucciones
(a) El importador de datos tratará los datos personales únicamente siguiendo instrucciones documentadas del exportador de datos. El exportador de datos podrá dar dichas instrucciones durante toda la vigencia del contrato.
(b) El importador de datos informará inmediatamente al exportador de datos si no puede seguir esas instrucciones.
8.2 Limitación de la finalidad
El importador de datos procesará los datos personales únicamente para los fines específicos de la transferencia, tal y como se establece en el Anexo I.B, a menos que reciba instrucciones adicionales del exportador de datos.
8.3 Transparencia
(c) Previa solicitud, el exportador de datos pondrá gratuitamente a disposición del interesado una copia de las presentes Cláusulas, incluido el Apéndice completado por las Partes. En la medida en que sea necesario para proteger secretos comerciales u otra información confidencial, incluidas las medidas descritas en el Anexo II y los datos personales, el exportador de datos podrá suprimir parte del texto del Apéndice de las presentes Cláusulas antes de compartir una copia, pero proporcionará un resumen significativo cuando, de otro modo, el interesado no pudiera comprender su contenido o ejercer sus derechos. Previa solicitud, las Partes facilitarán al interesado los motivos de las supresiones, en la medida de lo posible sin revelar la información suprimida. La presente Cláusula se entiende sin perjuicio de las obligaciones del exportador de datos en virtud de los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) 2016/679.
8.4 Precisión
Si el importador de datos tiene conocimiento de que los datos personales que ha recibido son inexactos o han quedado obsoletos, informará al exportador de datos sin demora injustificada. En este caso, el importador de datos cooperará con el exportador de datos para borrar o rectificar los datos.
8.5 Duración del tratamiento y supresión o devolución de los datos
El tratamiento por parte del importador de datos sólo tendrá lugar durante el periodo especificado en el Anexo I.B. Una vez finalizada la prestación de los servicios de tratamiento, el importador de datos deberá, a elección del exportador de datos, suprimir todos los datos personales tratados por cuenta del exportador de datos y certificar al exportador de datos que así lo ha hecho, o devolver al exportador de datos todos los datos personales tratados por cuenta suya y suprimir las copias existentes. Hasta que los datos sean borrados o devueltos, el importador de datos deberá seguir garantizando el cumplimiento de estas Cláusulas. En caso de que existan leyes locales aplicables al importador de datos que prohíban la devolución o eliminación de los datos personales, el importador de datos garantiza que seguirá asegurando el cumplimiento de estas Cláusulas y que sólo los procesará en la medida y durante el tiempo que exija dicha ley local. Esto se entiende sin perjuicio de la Cláusula 14, en particular del requisito de que el importador de datos, en virtud de la Cláusula 14(e), notifique al exportador de datos durante toda la vigencia del contrato si tiene motivos para creer que está o ha pasado a estar sujeto a leyes o prácticas que no se ajustan a los requisitos de la Cláusula 14(a).
8.6 Seguridad del tratamiento
(a) El importador de datos y, durante la transmisión, también el exportador de datos aplicarán las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar la seguridad de los datos, incluida la protección contra una violación de la seguridad que provoque la destrucción, accidental o ilícita, la pérdida, la alteración, la difusión o el acceso no autorizados, de dichos datos (en lo sucesivo, «violación de los datos personales»). Al evaluar el nivel adecuado de seguridad, las Partes tendrán debidamente en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, la naturaleza, el alcance, el contexto y la finalidad o finalidades del tratamiento, así como los riesgos que entrañe el tratamiento para los interesados. Las Partes considerarán, en particular, la posibilidad de recurrir al cifrado o a la seudonimización, incluso durante la transmisión, cuando la finalidad del tratamiento pueda cumplirse de ese modo. En caso de seudonimización, la información adicional para atribuir los datos personales a un interesado concreto permanecerá, siempre que sea posible, bajo el control exclusivo del exportador de datos. En cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente apartado, el importador de datos aplicará, como mínimo, las medidas técnicas y organizativas especificadas en el anexo II. El importador de datos llevará a cabo controles periódicos para garantizar que dichas medidas siguen proporcionando un nivel de seguridad adecuado.
(b) El importador de datos concederá acceso a los datos personales a los miembros de su personal sólo en la medida estrictamente necesaria para la ejecución, gestión y seguimiento del contrato. Se asegurará de que las personas autorizadas a tratar los datos personales se hayan comprometido a mantener la confidencialidad o estén sometidas a una obligación legal adecuada de confidencialidad.
(c) En caso de violación de datos personales relativos a datos personales tratados por el importador de datos con arreglo a las presentes cláusulas, el importador de datos adoptará las medidas adecuadas para hacer frente a la violación, incluidas medidas para mitigar sus efectos adversos. Asimismo, el importador de datos notificará al exportador de datos sin demora injustificada tras haber tenido conocimiento de la violación. Dicha notificación contendrá los datos de un punto de contacto en el que pueda obtenerse más información, una descripción de la naturaleza de la violación (incluidas, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados y de registros de datos personales afectados), sus consecuencias probables y las medidas adoptadas o propuestas para hacer frente a la violación, incluidas, en su caso, medidas para atenuar sus posibles efectos adversos. Cuando, y en la medida en que, no sea posible facilitar toda la información al mismo tiempo, la notificación inicial contendrá la información de que se disponga en ese momento y, posteriormente, a medida que se vaya disponiendo de ella, se facilitará más información sin dilaciones indebidas.
(d) El importador de datos cooperará con el exportador de datos y le prestará asistencia para que éste pueda cumplir las obligaciones que le impone el Reglamento (UE) 2016/679, en particular la notificación a la autoridad de control competente y a los interesados afectados, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de que disponga el importador de datos.
8.7 Datos sensibles
Cuando la transferencia incluya datos personales que revelen el origen racial o étnico, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, datos genéticos o datos biométricos destinados a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o a la vida sexual u orientación sexual de una persona, o datos relativos a condenas e infracciones penales (en lo sucesivo, «datos sensibles»), el importador de datos aplicará las restricciones específicas y/o las garantías adicionales descritas en el anexo I.B.
8.8 Transferencias ulteriores
El importador de datos sólo revelará los datos personales a un tercero siguiendo instrucciones documentadas del exportador de datos. Además, los datos sólo podrán ser revelados a un tercero situado fuera de la Unión Europea (4) (en el mismo país que el importador de datos o en otro tercer país, en lo sucesivo «transferencia ulterior») si el tercero está o acepta quedar vinculado por las presentes Cláusulas, en virtud del Módulo correspondiente, o si:
Toda transferencia ulterior está sujeta al cumplimiento por parte del importador de datos de todas las demás salvaguardias previstas en las presentes cláusulas, en particular la limitación de la finalidad.
8.9 Documentación y conformidad
Cláusula 9
Uso de subprocesadores
MÓDULO DOS: Transferencia del controlador al procesador
Cláusula 10
Derechos del interesado
MÓDULO DOS: Transferencia del controlador al procesador
Cláusula 11
Reparación
MÓDULO DOS: Transferencia del controlador al procesador
b. En caso de controversia entre un interesado y una de las Partes en relación con el cumplimiento de las presentes Cláusulas, dicha Parte hará todo lo posible por resolver la cuestión de forma amistosa y oportuna. Las Partes se mantendrán mutuamente informadas sobre dichas controversias y, en su caso, cooperarán para resolverlas.
c. Cuando el interesado invoque un derecho de tercero beneficiario con arreglo a la cláusula 3, el importador de datos aceptará la decisión del interesado de:
d. Las Partes aceptan que el interesado pueda estar representado por un organismo, organización o asociación sin ánimo de lucro en las condiciones establecidas en el artículo 80, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/679.
e. El importador de datos acatará una decisión que sea vinculante en virtud de la legislación aplicable de la UE o de los Estados miembros.
f. El importador de datos acepta que la elección realizada por el interesado no menoscabará sus derechos sustantivos y procesales a interponer recursos de conformidad con la legislación aplicable.
Cláusula 12
Responsabilidad
MÓDULO DOS: Transferencia del controlador al procesador
Cláusula 13
Supervisión
MÓDULO DOS: Transferencia del controlador al procesador
Cláusula 14
Leyes y prácticas locales que afectan al cumplimiento de las Cláusulas
MÓDULO DOS: Transferencia del controlador al procesador
a. Las Partes garantizan que no tienen motivos para creer que las leyes y prácticas del tercer país de destino aplicables al tratamiento de los datos personales por parte del importador de datos, incluido cualquier requisito de revelación de datos personales o medidas que autoricen el acceso de las autoridades públicas, impidan al importador de datos cumplir sus obligaciones en virtud de las presentes Cláusulas. Esto se basa en el entendimiento de que las leyes y prácticas que respetan la esencia de los derechos y libertades fundamentales y no exceden de lo necesario y proporcionado en una sociedad democrática para salvaguardar uno de los objetivos enumerados en el artículo 23, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/679, no están en contradicción con las presentes Cláusulas.
b. Las Partes declaran que, al ofrecer la garantía del apartado a), han tenido debidamente en cuenta, en particular, los siguientes elementos:
c. El importador de datos garantiza que, al llevar a cabo la evaluación prevista en el apartado (b), ha hecho todo lo posible para proporcionar al exportador de datos la información pertinente y acepta que seguirá cooperando con el exportador de datos para garantizar el cumplimiento de las presentes Cláusulas.
d. Las Partes acuerdan documentar la evaluación conforme al párrafo (b) y ponerla a disposición de la autoridad supervisora competente a petición de ésta.
e. El importador de datos se compromete a notificar sin demora al exportador de datos si, tras haber aceptado las presentes Cláusulas y durante la vigencia del contrato, tiene motivos para creer que está o ha pasado a estar sujeto a leyes o prácticas que no se ajustan a los requisitos del apartado (a), incluso a raíz de un cambio en las leyes del tercer país o de una medida (como una solicitud de divulgación) que indique una aplicación de dichas leyes en la práctica que no se ajusta a los requisitos del apartado (a). [Para el Módulo Tres: El exportador de datos remitirá la notificación al responsable del tratamiento].
f. Tras una notificación con arreglo a la letra e), o si el exportador de datos tiene motivos para creer que el importador de datos ya no puede cumplir las obligaciones que le incumben en virtud de las presentes cláusulas, el exportador de datos determinará sin demora las medidas adecuadas (por ejemplo, medidas técnicas u organizativas para garantizar la seguridad y la confidencialidad) que deberán adoptar el exportador y/o el importador de datos para hacer frente a la situación [para el módulo tres: si procede, en consulta con el responsable del tratamiento]. El exportador de datos suspenderá la transferencia de datos si considera que no pueden garantizarse las garantías adecuadas para dicha transferencia, o si así se lo ordena [para el Módulo Tres: el responsable del tratamiento o] la autoridad de control competente. En este caso, el exportador de datos tendrá derecho a rescindir el contrato, en la medida en que se refiera al tratamiento de datos personales con arreglo a las presentes Cláusulas. Si el contrato implica a más de dos Partes, el exportador de datos podrá ejercer este derecho de rescisión únicamente con respecto a la Parte pertinente, a menos que las Partes hayan acordado otra cosa. Cuando el contrato se rescinda en virtud de la presente Cláusula, se aplicarán las letras d) y e) de la Cláusula 16.
Cláusula 15
Obligaciones del importador de datos en caso de acceso por parte de las autoridades públicas
MÓDULO DOS: Transferencia del controlador al procesador
15.1 Notificación
a. El importador de datos se compromete a notificar sin demora al exportador de datos y, cuando sea posible, al interesado (si es necesario con la ayuda del exportador de datos) si:
b. Si la legislación del país de destino prohíbe al importador de datos notificar al exportador de datos y/o al interesado, el importador de datos acuerda hacer todo lo posible para obtener una dispensa de la prohibición, con vistas a comunicar toda la información posible, lo antes posible. El importador de datos se compromete a documentar sus mejores esfuerzos para poder demostrarlos a petición del exportador de datos.
c. Cuando lo permita la legislación del país de destino, el importador de datos se compromete a proporcionar al exportador de datos, a intervalos regulares durante la vigencia del contrato, toda la información pertinente posible sobre las solicitudes recibidas (en particular, número de solicitudes, tipo de datos solicitados, autoridad/es solicitante/s, si se han impugnado las solicitudes y el resultado de dichas impugnaciones, etc.). [Para el Módulo Tres: El exportador de datos remitirá la información al responsable del tratamiento].
d. El importador de datos se compromete a conservar la información conforme a los apartados (a) a (c) durante la vigencia del contrato y a ponerla a disposición de la autoridad de control competente a petición de ésta.
e. Los apartados a) a c) se entienden sin perjuicio de la obligación del importador de datos, de conformidad con la cláusula 14 e) y la cláusula 16, de informar sin demora al exportador de datos cuando no pueda cumplir dichas cláusulas.
15.2 Revisión de la legalidad y minimización de datos
Cláusula 16
Incumplimiento de las cláusulas y rescisión
a. El importador de datos informará sin demora al exportador de datos si no puede cumplir con estas Cláusulas, por cualquier motivo.
b. En caso de que el importador de datos incumpla estas cláusulas o no pueda cumplirlas, el exportador de datos suspenderá la transferencia de datos personales al importador de datos hasta que se garantice de nuevo el cumplimiento o se rescinda el contrato. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la letra f) de la Cláusula 14.
c. El exportador de datos tendrá derecho a rescindir el contrato, en la medida en que se refiera al tratamiento de datos personales en virtud de las presentes cláusulas, cuando:
En estos casos, informará a la autoridad de control competente [para el Módulo Tres: y al responsable del tratamiento] de dicho incumplimiento. Cuando el contrato implique a más de dos Partes, el exportador de datos podrá ejercer este derecho de rescisión únicamente con respecto a la Parte pertinente, salvo que las Partes hayan acordado otra cosa.
d. [Para los Módulos Uno, Dos y Tres: Los datos personales que hayan sido transferidos antes de la terminación del contrato de conformidad con el apartado c) serán, a elección del exportador de datos, devueltos inmediatamente al exportador de datos o borrados en su totalidad. Lo mismo se aplicará a cualquier copia de los datos]. [Para el módulo cuatro: Los datos personales recogidos por el exportador de datos en la UE que hayan sido transferidos antes de la finalización del contrato de conformidad con el apartado (c) serán borrados inmediatamente en su totalidad, incluida cualquier copia de los mismos]. El importador de datos certificará la supresión de los datos al exportador de datos. Hasta que los datos sean eliminados o devueltos, el importador de datos seguirá garantizando el cumplimiento de las presentes cláusulas. En caso de que existan leyes locales aplicables al importador de datos que prohíban la devolución o la supresión de los datos personales transferidos, el importador de datos garantiza que seguirá asegurando el cumplimiento de las presentes Cláusulas y que sólo procesará los datos en la medida y durante el tiempo que exija dicha ley local.
e. Cualquiera de las Partes podrá revocar su acuerdo de quedar vinculada por las presentes Cláusulas cuando (i) la Comisión Europea adopte una decisión de conformidad con el artículo 45, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/679 que cubra la transferencia de datos personales a los que se aplican las presentes Cláusulas; o (ii) el Reglamento (UE) 2016/679 pase a formar parte del marco jurídico del país al que se transfieren los datos personales. Todo ello sin perjuicio de otras obligaciones aplicables al tratamiento en cuestión en virtud del Reglamento (UE) 2016/679.
Cláusula 17
Legislación aplicable
MÓDULO DOS: Transferencia del controlador al procesador
Las presentes Cláusulas se regirán por la legislación de uno de los Estados miembros de la UE, siempre que dicha legislación permita los derechos de terceros beneficiarios. Las Partes acuerdan que ésta será la ley de los Países Bajos.
Cláusula 18
Elección de foro y jurisdicción
MÓDULO DOS: Transferencia del controlador al procesador
(a) Cualquier disputa derivada de estas Cláusulas será resuelta por los tribunales de un Estado miembro de la UE.
(b) Las Partes acuerdan que serán los tribunales de los Países Bajos.
(c) El interesado también podrá emprender acciones legales contra el exportador de datos y/o el importador de datos ante los tribunales del Estado miembro en el que tenga su residencia habitual.
(d)Las Partes acuerdan someterse a la jurisdicción de dichos tribunales.
Exportador de datos (Controlador):
Nombre: SDC Engineering B.V.
Dirección: Países Bajos, Haarlem Zijlvest 25, 2011 VB
Datos de contacto: [email protected]
Actividades: Transferencia de datos de clientes y clientes potenciales (nombre, apellidos, número de teléfono, dirección de correo electrónico, puesto de trabajo, datos de la empresa) a procesadores con fines de gestión de la relación con los clientes, concesión de licencias, asistencia técnica y comunicaciones de marketing.
Función: Controlador
Importadores de datos (procesadores):
Descripción del traslado:
– Titulares de los datos: Clientes, clientes potenciales, suscriptores
– Categorías de datos personales: Datos de contacto, cargo, información de la empresa
– Datos sensibles: Ninguno
– Frecuencia: Continua
– Finalidad: CRM, licencias de software, comunicaciones de marketing
– Retención: Tal y como se define en la Política de Privacidad de SDC Verifier.
Anexo II – Medidas técnicas y organizativas
El importador de datos deberá aplicar las siguientes medidas:
– Cifrado de datos en tránsito (TLS/SSL) y en reposo
– Control de acceso y autenticación (MFA, basado en roles)
– Auditorías de seguridad y evaluaciones de vulnerabilidad
– Minimización de los datos y limitación de su finalidad
– Respuesta a incidentes y notificación de infracciones
– Formación de los empleados en materia de protección de datos
– Evaluaciones de riesgos de los subprocesadores
Anexo III – Lista de subtransformadores
HubSpot, Inc: Subprocesadores listados en https://legal.hubspot.com/subprocessors
SendPulse Inc: Subprocesadores listados en https://sendpulse.com/legal/sub-processors